Fiscal del Distrito Yeni Berenice Reinoso |
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La
procuradora fiscal titular Yeni Berenice Reynoso dijo que es inaceptable que
estas personas, que se han constituido en una asociación criminal, continúen
cometiendo estos hechos delictivos como si en el país no existiera un estado de
derecho, en el que se le debe garantía a los ciudadanos, pero es obligación del
Ministerio Público perseguir y buscar sanciones para quienes violen la Ley.
Fiscalía
del Distrito Nacional informó que a diario recibe denuncias y llamadas de
auxilio de empresas y ciudadanos que solicitan la intervención del Ministerio
Público y de la Policía Nacional porque son objetos de embargos y desalojos sin
títulos ejecutorios, por lo que advirtió que perseguirá a las estructuras
criminales que generan un caos permanente en dichas ejecuciones.
Por
igual se presentan casos en los que se tiene sentencia favorable pero que no
son ejecutables por no haberse ordenado su ejecución o por no haber alcanzado
la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada.
Además
hay procesos en los que teniendo un título ejecutorio, alguaciles y notarios se
hacen acompañar de bandas que causan destrozos, daños a la propiedad,
maltratos, extorsión y robo de bienes que no hacen constar en las actas y los
sustraen.
Otra
de las actuaciones dolosas que realizan estas estructuras delictivas es que se
dirigen a direcciones que no tienen ninguna vinculación con el supuesto deudor
y materializan embargos o desalojos, no obstante tener la certeza de que la
sentencia es en contra de otra persona o entidad, distinta a la que el título
ejecutorio se refiere.
Estos
grupos también acostumbran a designar un guardián que por lo general no reside
en el domicilio que aparece en la ejecución y en otras ocasiones no están en
los registros públicos. En el mejor de los casos la persona es localizable pero
en la investigación se puede establecer que es totalmente insolvente y solo fue
utilizado como prestanombre.
Berenice
Reynoso hizo un llamado al Congreso Nacional para que cumpla la sentencia
TC/0110/13, del 4 de julio del 2013 del Tribunal Constitucional que exhortó al
Congreso “para que en un plazo no mayor de dos años, contados a partir de la
notificación de la presente sentencia, legisle sobre el modo en que el Poder
Judicial ejercerá la facultad jurisdiccional que dimana del párrafo I, del artículo
149 de la Constitución.
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